VISTO:
El Proyecto presentado ante el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador
de Jujuy, solicitando la Creación del Programa de Violencias en el Noviazgo durante la
adolescencia mediante la incorporación en la currícula educativa de un Programa que
trabaje la temática de “Noviazgos Violentos”, en articulación con las áreas de la
Direccion de Niñez y Adolescencia y Direccion de Paridad de Género dependiente de la
Secretaria de Desarrollo Humano, como autoridad de aplicación, estableciendo una
fecha a determinar como el “Día de la No Violencia en los Noviazgos Adolescentes” en
conmemoración de alguna/as Victima/s de Violencia de Genero de la Pcia de Jujuy,
desarrollando un encuentro de colegios públicos y privados que hagan visible a través
de diversas expresiones artísticas la problemática de la no violencia en los noviazgos
adolescentes
CONSIDERANDO:
Que, la gravedad de la violencia de género a nivel mundial como una de las
máximas expresiones de violación de los derechos humanos sustentada en la
desigualdad e inequidad de las mujeres que responde a patrones culturales de las
sociedades actuales y la realidad de los casos de violencia existente sobre todo en
nuestra Pcia. siendo la que más casos registra a Nivel Nacional, nos compromete como
servidores públicos a instalar el tema en la agenda, a comprometernos a adoptar
políticas públicas integrales en las que el cambio cultural necesario sea el eje conductor,
con especial atención en la prevención.
Que, la violencia en parejas adolescentes en relaciones de noviazgo es un
fenómeno en sí mismo que va en crecimiento y es motivo de estudio ya que, en esta
etapa de inicio de socialización afectiva, pueden detectarse los primeros indicios de la
violencia doméstica e incluso, encontrarse algunos factores causales.
Que, la realidad nos sorprende cada día con un gran número de mujeres
asesinadas por sus parejas o ex parejas, puede parecer trivial hablar de violencia en el
noviazgo.
Que, sin embargo hay un importante número de personas jóvenes que
cotidianamente son víctimas de violencia en sus relaciones y aún están a tiempo de
prevenir situaciones más gravosas, si son conscientes de la problemática.
Que, debemos enfocarnos en esta problemática para prevenir o detectarla de
manera temprana, así como reducir su frecuencia y manifestaciones más graves.
Que, para definir la población comprendida es importante considerar que la
Convención sobre los Derechos del Niño, define como niño/a, a toda persona menor de
18 años; la Organización Mundial de la Salud sostiene que la adolescencia se sitúa
entre los 10 y los 19 años, en tanto que a criterio de las Naciones Unidas, jóvenes son
personas que tienen entre 15 y 24 años, aunque cada país tiene la potestad de adoptar
su propia definición, por último, UNICEF entiende la adolescencia como la etapa entre
los 12 y 18 años.
Que, la adolescencia es tanto una construcción social, como un atributo de la
persona, es un momento en que la sociedad transmite al individuo un sistema de
prácticas, creencias y valores, pero es al mismo tiempo el momento en que la persona
rechaza o asume esas prácticas, creencias y valores. En esta etapa el sujeto comienza
a asumir su independencia y autonomía frente al medio social. Constituye su principal
experiencia con la dimensión colectiva de la vida, situación trascendental, ya que las
vivencias y definiciones que adopte en esta época serán en gran parte decisivas para
su edad adulta.
Que, una visión consistente con los Derechos Humanos considera a los y las
adolescentes como seres humanos iguales que, por estar en un momento particular de
desarrollo y de su historia, tienen necesidades y subjetividades específicas
determinadas por su edad. No se asume la adolescencia como la preparación para la
vida, sino como la vida misma
Que, según la Organización Mundial de la Salud, tres de cada diez adolescentes
sufren violencia durante el noviazgo, considerando la importancia de visibilizar esta
problemática para poder prevenirla entre los jóvenes mediante la concientización y
desnaturalización de la misma.
Que, para erradicar la violencia en los noviazgos debemos empezar a visualizar
esta problemática desde la adolescencia protegiendo así a las infancias y las juventudes,
de cada rincón de la Pcia.
Que, uno de los orígenes del maltrato se da por la “normalización” de la violencia
como patrones de convivencia, ya que estos adolescentes – víctimas y agresores – no
perciben tales conductas como violentas, si no que confunden maltratos y ofensas como
amor, interés o protección por parte de su pareja.
Que, una de las características del noviazgo violento es el sentido de pertenencia
que se manifiesta por medio de celos. El joven puede verse aislado de su entorno social
anterior al noviazgo, y difícilmente dude de que su pareja pueda cambiar.
Que, este tipo de relación es que las agresiones se van incrementando, por ello la
importancia de establecer límites desde el principio.
Que, el maltrato a la pareja puede darse en cualquier momento, desde la primera
salida o transcurridos varios años de relación. La diferencia con otros tipos de violencia
es el proceso de socialización y adquisición de roles de género en los adolescentes,
quienes identifican dominio-control como masculino y sumisión-dependencia como
femenino. A esto se debe agregar la idealización del amor romántico que todo lo supera
y lo perdona, y el carácter informal y efímero de la relación.
Que, existen conductas que indican la presencia de un noviazgo violento, tales
como chistes descalificantes sobre la pareja y las mujeres en general, amenazar con
terminar la relación y no hacerlo; hacer burla del aspecto físico o logros alcanzados por
la pareja; acariciar agresivamente haciendo daño; acoso sexual; prohibirle que continúe
relaciones con amigos, familia, compañeros de trabajo o de estudios; obligarla a
peinarse, vestirse o maquillarse a su gusto.
Que, adoptar el enfoque del género en la cuestión pública implica la incorporación
de nuevos procesos y nuevas miradas, con el fin de planificar las estrategias necesarias
que permitan acciones transversales, en cuanto al diseño de políticas públicas en las
que la equidad sea el camino hacia la igualdad.
Que, es imprescindible establecer políticas tendientes a difundir y a abordar la
problemática.
Que las escuelas donde los adolescentes desarrollan gran parte de sus relaciones
sociales, se constituyen como espacios de construcción colectiva, supone aprendizajes
alimentados por la diversidad, constituyen los ámbitos ideales para generar espacios de
reflexión y sensibilización y propiciar el arte o cualquier manifestación artística como
herramienta sintetizadora, fortaleciendo, generando y potenciando la concientización en
el interior de estas.
Que, es sumamente importante que los docentes y toda la comunidad educativa
en general puedan visibilizar esta problemática.
Que, por lo expuesto solicito a mis pares acompañarme en la aprobación del
presente Proyecto.
Por ello,
El Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy sanciona la
siguiente:
“CREACION DE PROGRAMA VIOLENCIAS EN EL NOVIAZGO, DESTINADOS A
LOS ADOLESCENTES DEL NIVEL SECUNDARIO” .-
ORDENANZA N° /2022
ARTICULO 1º: Adherir e Implementar la Ley Nacional 26.485 de “Protección integral
para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en
que desarrollen sus relaciones interpersonales”
ARTICULO 2º: Créase el Programa “VIOLENCIAS EN EL NOVIAZGO”, cuyos objetivos
son:
1. Sensibilizar a varones y mujeres adolescentes frente a la problemática de la violencia
y maltrato en la pareja.
2. Fomentar relaciones equitativas de género entre los y las adolescentes.
3. Generar espacios de reflexión y sensibilización que permitan la desnaturalización de
la violencia de Género a fin de posibilitar su visibilizacion e interpelación.
4. Desnaturalizar vínculos de sometimiento y de control basados en la asimetría de
poder en las relaciones de género a través de la sensibilización de diferentes actores
de la ciudad promoviendo la equiparación de género.
5. Propiciar el arte como herramienta sintetizadora que permita reconocer, interpelar,
problematizar sobre la violencia de Género.
6. Que las/os jóvenes conceptualicen la violencia, puedan distinguir sus diferentes tipos,
conozcan las formas en que se construye culturalmente y se expresa, identifiquen
vínculos que deterioran su calidad de vida, adquieran información sobre leyes e
instituciones que resguardan sus derechos y construyan o generen herramientas
propias para identificar y poner límite a la violencia.
7. Erradicar cualquier tipo de violencia presente en las/os jóvenes en sus relaciones de
pareja, para la igualdad de trato entre las personas.
ARTICULO 3°: El programa estará destinado a adolescentes de entre 13 y 18 años de
edad de la comunidad educativa del nivel medio de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.
ARTICULO 4º: Defínase Noviazgo Violento a las conductas violentas en las relaciones
de pareja no formales, que no son percibidas como violencia de género, ni por las
víctimas, ni por los agresores, pues generalmente se confunden maltratos y ofensas con
afecto, interés y protección por parte de la pareja, no percibiendo las mujeres
adolescentes y jóvenes, una normalización de la violencia en los patrones de
convivencia.
ARTICULO 5°: El programa contará con tres ejes:
1) Prevención de relaciones violentas en los noviazgos, talleres de capacitación en la
temática, charlas de sensibilización, seminarios de capacitación, encuentros que
posibiliten un contexto socioeducativo de sensibilización, contención y orientación a
las/os adolescentes ante el problema de la violencia.
2) Atención: de personas víctimas de relaciones violentas en los noviazgos, dispositivos
grupales, talleres con familias de las adolescentes víctimas y talleres temáticos mixtos.
3) Promoción de una vida libre de violencia, campañas de difusión y de prevención,
elaboración y distribución de materiales audiovisuales y gráficos; destinados a
adolescentes, estimulando cambios de actitud, relaciones de noviazgo equitativo e
igualitario, de respeto, mostrando que existen formas no violentas de relacionarse.
ARTÍCULO 6°: Implementar, a través del área del Gobierno Municipal correspondiente,
en articulación con las áreas de la Dirección de Niñez y Adolescencia y Dirección de
Paridad de Género dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano, capacitaciones
extra curriculares sobre Prevención de Noviazgos Violentos en escuelas secundarias
de la Ciudad Capitalina. Estas capacitaciones estarán a cargo de profesionales
psicólogos, trabajadores sociales o de la salud.
ARTICULO 7º: Facúltese al Municipio para coordinar las acciones necesarias con otros
organismos oficiales, entidades intermedias y profesionales con trayectorias
compenetradas con esta problemática a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto
por la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 8°: Facúltese al Municipio para que a través de la repartición que
corresponda, gestione ante el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy, que el
Programa se implemente en las escuelas secundarias de la Ciudad de San Salvador de
Jujuy en articulación con el Programa de Educación Sexual Integral que aborda entre
otros ejes la temática Violencia.
ARTICULO 9°: Establecer una fecha determinada, como el ““Día de la No Violencia en
los Noviazgos Adolescentes” en conmemoración de alguna víctima de femicidio de la
Pcia. de Jujuy.
ARTICULO 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.
SALA DE SESIONES, SEPTIEMBRE 2022.-