ORDENANZA 10267 / 2021
ORDENANZA 10.267/2021
CÓDIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANA DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Concejo Municipal
La Comisión de Gobierno ha tomado en consideración el Mensaje del Intendente Nro. 25/21 IG,
mediante el cual eleva proyecto de Código de Convivencia. Se fundamenta que:
«Visto: La necesidad de establecer un marco normativo moderno que permita la presencia del
Estado municipal de forma preventiva y disuasiva ante conductas que atentan contra la paz
social y contra la convivencia ciudadana dentro del ejido municipal.
El Mensaje del Departamento Ejecutivo que propone un nuevo Código de Convivencia para la
ciudad en reemplazo del actual Código de Faltas – Ordenanza Nº 2.783/1981, y
Considerando: Que generar convivencia es central para contrarrestar la violencia, una ciudad de
la convivencia, la paz y el respeto sólo es posible si la sociedad se compromete de manera
colectiva y asentada sobre los valores de la no discriminación, multiculturalismo, participación,
equidad, ética democrática y respeto por el medio ambiente.
Que el Municipio, por su parte, debe sostener reglas de juego claras y políticas públicas que
permitan la integración, profundizar en la ciudadanía la apropiación y el cuidado de lo público en
relación a su barrio y su entorno.
Que entendemos la convivencia no sólo limitada a ejercer derechos y obligaciones sino
compartiendo identidades, relacionándonos e interactuando, en este sentido el gobierno
municipal, llevará adelante políticas que fomenten la cultura y convivencia ciudadana a través de
campañas, acuerdos y acciones que involucren a la ciudadanía en general, organizaciones de la
sociedad civil e instituciones educativas.
Que asimismo, propiciamos generar normativas de convivencia urbana en clave metropolitana
que nos permitirá mejorar y profundizar los procesos de integración sumando temáticas que ya
no pueden ser afrontadas sólo a nivel local.
Que este proyecto se elaboró como continuidad de los aportes realizados en un proceso
participativo que comenzó en el año 2014 con la sanción del Decreto 347 que creó una comisión
que contó con la participación del Concejo Municipal, de la Facultad de Derecho de la Universidad
Nacional de Rosario, de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina,
del Colegio de Abogados de Rosario y de organizaciones vinculadas a la temática.
Que este nuevo Código de Convivencia, tiene más de un propósito, no sólo viene a unificar y a
ordenar la reglamentación vigente sino también a disponer de nuevos mecanismos de control
haciendo uso de los avances tecnológicos a implementar, nuevas medidas que prioricen la
prevención y la restauración del daño por sobre la sanción.
Que se innova disponiendo sanciones que priorizan la reparación inmediata de los daños y que
no son sólo pecuniarias sino que incluyen prestaciones de servicios y bienes que se pueden
afectar temporalmente al beneficio de tareas educativas y concientizadoras.
Que reformulamos integralmente el sistema de la Justicia de Faltas, garantizando la eficiencia,
celeridad e inmediatez en las resoluciones e implementando procesos seguros enteramente
digitales, generando incentivos concretos para los ciudadanos en la implementación.
Que el proyecto recoge una síntesis de disposiciones sobre temas que son relevantes para la
ciudad y que se encuentran regidos por múltiples normativas como la protección de los
consumidores y usuarios, del medio ambiente y de los animales.
Que respecto de la protección del medio ambiente se incorpora la posibilidad de emitir órdenes
de remediación ambiental, que implican una acción inmediata y sin demoras procesales para
minimizar los daños o detenerlos independientemente de considerar luego, que corresponde
aplicar sanciones.
Que la inclusión de nuevas disposiciones sobre la utilización del espacio público a los efectos de
generar entornos urbanos más seguros, ordenados y con presencia ciudadana es esencial para
evitar la violencia.
Que en este sentido, también se incluyen reglas relativas al cuidado de los bienes y el mobiliario
público, incluso previendo que las sanciones puedan recaer sobre las entidades.
Que para vivir en una ciudad pacífica es importante reconstruir lazos e integrarnos, la
discriminación debe ser sancionada en todas sus expresiones y por ello se han contemplado este
tipo de acciones en el nuevo Código.
Que la movilidad debe tener como premisa un profundo respeto por las personas y el medio
ambiente, generar en los ciudadanos una cultura de transitar la ciudad de forma responsable
es abordado desde este proyecto incluyendo nuevas faltas y nuevas formas de captación de
las mismas.
Que en el actual orden jurídico los montos de las multas quedan rápidamente desactualizados,
están fijados con distintos parámetros de medida y generan inequidad respecto de las diferentes
faltas cometidas, por eso en este Código se establece una unidad de medida para las sanciones
pecuniarias (unidad fija – UF) y se dispone la posibilidad de su utilización en el juzgamiento de
futuras faltas que no se encuentren actualmente tipificadas. (…)
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